Un comité del Concejo Municipal de Los Ángeles aprobó el jueves una enmienda a la amplia ley municipal que regula la ubicación de los campamentos para personas sin hogar que los prohibiría a 500 pies de todas las escuelas.
La enmienda, que aún necesita la aprobación del concejo completo, actualizaría el Código Municipal 41.18, que prohíbe sentarse, dormir, acostarse u obstruir el derecho de paso público en varias áreas de la ciudad.
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Esas áreas incluyen:
- A dos pies de cualquier boca de incendios o tapón contra incendios;
- A cinco pies de cualquier entrada o salida operativa o utilizable;
- A 10 pies de un muelle de carga o entrada de vehículos;
- En una una manera que interfiera con cualquier actividad para la cual la ciudad haya emitido un permiso o restrinja el paso accesible según lo exige la Ley de Estadounidenses con Discapacidades; o
- En cualquier lugar dentro de una calle, incluidas las ciclovías.
La ley ya protege el derecho de paso público dentro de los 500 pies de una instalación “sensible”, como escuelas, guarderías, parques y bibliotecas, pero solo si el consejo designa cada ubicación específica para su cumplimiento.
La enmienda aprobada el jueves por el Comité de Pobreza y Personas sin Hogar del consejo sería una prohibición general de los campamentos dentro de los 500 pies de todas las escuelas.
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El concejal Joe Buscaino propuso tal movimiento el año pasado, pero nunca ganó fuerza. Pero el problema revivió a principios de este año, en parte debido a la insistencia del superintendente del Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (LAUSD), Alberto Carvalho, quien dijo que los maestros, directores y padres han expresado su preocupación por los campamentos de personas sin hogar cerca de los campus.
“He visto escuelas primarias con condiciones que ninguno de nosotros como padres encontraría aceptables para los niños. Individuos con enfermedades mentales, algunos de ellos absolutamente desnudos, gritando blasfemias al oído atento de los niños”, dijo Carvalho al consejo anteriormente.
Agregó que estaba preocupado por el “trauma” y las “repercusiones a corto y largo plazo (y) el impacto en el desarrollo psicológico y cognitivo de los niños".
Buscaino, que forma parte del Comité de Personas sin Hogar y Pobreza, dijo que aprobar la enmienda “garantizará que el lugar más sagrado entre nosotros, nuestro patio de recreo y nuestras escuelas, estén seguros”.
“Para mí, la elección es clara, y no deberías sorprenderte en base a mi procedencia, porque solicité esto hace casi un año”, dijo. “... Avancemos en esto y hagamos esto y protejamos a nuestros estudiantes, nuestra facultad y sus padres".
El comité aprobó la enmienda con una votación de 3-1, con la oposición de la concejala Nithya Raman.
Raman, quien también se opuso a la medida original contra los campamentos el año pasado, dijo que no creía que la enmienda avanzará efectivamente en la batalla de la ciudad contra la falta de vivienda, y señaló la escasez de camas de refugio que puedan albergar a las personas desalojadas de los campamentos que serán el objetivo de la ley.
También señaló los “escasos” recursos de la ciudad para abordar la falta de vivienda y hacer cumplir tales regulaciones, y dijo que el comité y el consejo en su conjunto deben centrarse en soluciones más generales para el problema de la falta de vivienda.
La ordenanza de la ciudad que ya está en vigor también prohíbe los campamentos y dormir dentro de:
- hasta 500 pies de un paso elevado, paso subterráneo, rampa de autopista, túnel, puente, puente peatonal, metro, terreno de lavado o esparcimiento, vía férrea o donde el alojamiento sin protección o en tiendas de campaña no sea saludable, inseguro e incompatible con el paso seguro; y
- hasta 1,000 pies de una instalación abierta después del 1 de enero de 2018 que brinda refugio, lugares para dormir seguros, estacionamiento seguro o centros de navegación para personas sin hogar.
La ordenanza también permite que la ciudad evite los campamentos por un período de no más de un año en áreas que se consideran una amenaza continua para la salud o la seguridad pública, incluso debido a:
- muerte o lesiones corporales graves de cualquier persona en el lugar debido a una condición peligrosa;
- delitos graves o violentos repetidos o amenazas de delitos graves o violentos, incluida la trata de personas; y
- incendios en el lugar.
Las personas que violen la ordenanza se enfrentan a una infracción o citación, pero “una persona que deliberadamente se resiste, retrasa u obstruye que un empleado de la ciudad haga cumplir esta sección o que deliberadamente se niega a cumplir después de que un empleado de la ciudad autorizado se lo solicite” puede enfrentar multas más altas y un cargo por delito menor, según la ordenanza.