Pomona

Confirman sentencia de 105 años a hombre de Pomona por abuso sexual infantil

Espinoza tuvo acceso a los niños porque era muy cercano a cada una de sus familias, según la Oficina del Fiscal de Distrito del Condado de Los Ángeles.

Barbed wire with a brick house in the background
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Un panel de la corte de apelaciones estatal confirmó la sentencia de prisión estatal de 105 años a cadena perpetua de un hombre de Pomona por abusar sexualmente de cuatro niños durante un lapso de casi dos décadas. 

Romelio Corelio Espinoza, que ahora tiene 63 años, fue condenado en noviembre de 2017 por tres cargos de cópula oral o penetración sexual con un niño de 10 años o menos y cinco cargos de acto lascivo o lascivo con un niño menor de 14 años. Los cargos involucraban abuso sexual de tres niñas y un niño, que tenían entre 6 y 10 años, entre 1997 y 2016. 

Espinoza tuvo acceso a los niños porque era muy cercano a cada una de sus familias, según la Oficina del Fiscal de Distrito del Condado de Los Ángeles. Inicialmente fue sentenciado a 108 años a cadena perpetua en una prisión estatal y se le ordenó registrarse como delincuente sexual de por vida. 

En cuatro años, la policía recibió más de 300 llamadas y quejas contra ese motel, por lo que esperan que la multa ayude.

Pero un panel de la corte de apelaciones estatal posteriormente anuló esa sentencia, ordenando a un juez en Pomona que ejerza su discreción para imponer términos consecutivos o concurrentes en los cargos de actos lascivos y determinar la aplicabilidad de la ley estatal de “un solo golpe” por crímenes sexuales.

Más tarde fue sentenciado a 105 años a cadena perpetua. 

En un fallo el martes, el panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Segundo Distrito de California rechazó el argumento de la defensa de que el tribunal de primera instancia había abusado de su discreción al imponer términos consecutivos al dictar la última sentencia. 

Espinoza sostuvo en su última apelación que el tribunal de primera instancia no “consideró adecuadamente” su edad en el momento de su sentencia. 

El panel de la corte de apelaciones concluyó que “la corte de primera instancia no abusó de su discreción al imponer sentencias consecutivas a pesar de la edad del apelante”.

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