En español: Despejan dudas sobre directrices migratorias

Luego de que el Departamento de Seguridad Nacional revelara directrices para aplicar las recientes órdenes ejecutivas firmadas por el presidente Donald Trump, el sitio web del Departamento de Seguridad Nacional publicó, en inglés, una lista de preguntas y respuestas relacionadas al tema, la cual puedes consultar aquí.

En atención a los interesados que no dominen el idioma inglés, Telemundo Local se dio a la tarea de traducir la publicación en su totalidad, la cual puedes leer a continuación:

Fecha de lanzamiento: 21 de febrero de 2017

21 de febrero de 2017 8:30 a.m. EST

Oficina del Secretario de Prensa Contacto: 202-282-8010

WASHINGTON - El 20 de febrero de 2017, el Secretario John Kelly firmó un memorándum que implementó la Orden Ejecutiva del presidente titulado "Seguridad Fronteriza y Mejoras a la Aplicación de la Inmigración", emitido el 25 de enero de 2017. Este documento está diseñado para responder a algunas preguntas frecuentes sobre cómo el Departamento Implementará operativamente la guía proporcionada por la orden del presidente.

P1. ¿Qué está haciendo actualmente el CBP (Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza) como parte de la construcción del muro?

R1. El CBP está tomando medidas inmediatas en respuesta a la orden ejecutiva del presidente. Hemos identificado ubicaciones cerca de El Paso, Texas, Tucson, Arizona y El Centro, California, donde construiremos un muro en áreas donde la cerca o la débil reja-de-estera de aterrizaje ya no son eficaces.

Deportaciones y las nuevas directrices de inmigración

La Patrulla Fronteriza también está en medio de una evaluación operacional que identificará las áreas prioritarias donde CBP puede construir un muro o una barrera física similar en la frontera, donde actualmente no existe.

P2. ¿Qué incluye esta evaluación?

R2. CBP está considerando los siguientes factores:

• El actual estado de la seguridad en la frontera sur

• Todos los aspectos geofísicos y topográficos de la frontera sur

• La disponibilidad de los recursos federales y estatales necesarios para lograr el control operacional de la frontera sur

• Este análisis informará la estrategia del DHS (Departamento de Seguridad Nacional) para obtener y mantener el control operacional de la frontera sur.

P3. ¿Cuánto tiempo durará esta evaluación?

R3. La orden ejecutiva ordena al DHS a que produzca un estudio completo de la seguridad de la frontera sur dentro de 180 días. Sin embargo, la evaluación operacional de la Patrulla Fronteriza debe ser completada antes de la fecha límite.

P4. ¿Dónde se ubicará la construcción inicial?

R4. Como se señaló anteriormente, la construcción inicial de la nueva infraestructura se centrará en lugares cercanos a El Paso, Texas, El Centro, California y en el sur de Arizona.

P5. ¿El nuevo muro será uniforme en diseño, alcance y función?

R5: La Patrulla Fronteriza está en medio de una evaluación de la frontera sur para identificar los requisitos operacionales para informar las decisiones de diseño de la pared.

P6. ¿Tienen los fondos para construir el muro?

R6. CBP (Aduanas y Patrulla Fronteriza) ha identificado fondos para comenzar de manera inmediata la construcción y está trabajando con la administración en esta iniciativa.

P7. El programa de Alternativas a la Detención ¿cae bajo las políticas de 'atrapar y liberar' que se eliminan?

R7. No. El uso de Alternativas a la detención, incluido el uso de brazaletes monitores, continuará caso por caso y será a la discreción de los oficiales.

P8. ¿Cuáles son las prioridades de ICE bajo esta nueva orden ejecutiva?

R8. Bajo la orden ejecutiva, ICE no eximirá del potencial cumplimiento de la ley a clases o categorías de extranjeros que son removibles. Todos aquellos en violación de las leyes de inmigración podrán estar sujetos a un arresto de inmigración, detención y remoción si se halla que es removible por una orden final. Las prioridades de ICE y CBP (Aduanas y Protección Fronteriza) están realineadas de manera consistente con aquellas estipuladas en la sección 5 de la orden ejecutiva 13768.

P9. ¿Deportará ICE a quienes manejen sin una licencia, ya que muchas veces es un caso relacionado con inmigración?

R9. Todos aquellos en violación de la ley de inmigración puede estar sujeto a un arresto de inmigración, detención y remoción de Estados Unidos en caso que sea hallado removible por una orden final,

P10. ¿Cuál es la nueva meta para la capacidad de detención de ICE?

R10. Aunque el espacio de detención puede ser limitado en ocasiones, ICE está comprometido a arrestar y procesar a todos los extranjeros removibles. Los agentes y oficiales de ICE harán determinaciones de custodia especializadas en cada caso, dándole prioridad a los recursos de detención a los extranjeros sujetos a remoción expedita, y a extranjeros removibles por cualquier motivo criminal, seguridad nacional o asunto relacionado, o por fraude o declaración falsa sustancial.

P11. ¿Qué está planificando ICE en términos de obtener centros de detención adicionales o espacio de cama? ¿Se ha redactado algún contrato o solicitud de propuesta? ¿Cuánto tiempo tomará obtener espacio de cama adicional? ¿Cuánto costará por cama o día? ¿Dónde estarán localizados?

R11. Después de la emisión de esta orden, ICE ya ha aumentado su capacidad de detención en aproximadamente 1,100 camas.

Para apoyar la necesidad adicional de una mayor capacidad de detención, especialmente a lo largo de la frontera suroeste, ICE está definiendo los requisitos de contratación. Se está revisando una lista de posibles lugares de detención, que proporcionaría camas adicionales.

P12. ¿ICE contratará a los 10,000 oficiales solicitados en las órdenes ejecutivas?

R12. ICE está desarrollando un plan de contratación.

Qué es el temible ICE y cómo funciona

P13. ¿Qué es el programa 287(g) y cómo será utilizado por ICE?

R13. El programa 287(g) permite a las agencias de aplicación de la ley locales participar como socios activos en la identificación de los extranjeros criminales bajo su custodia, e imponer órdenes de detención en estas personas. Eliminar a los extranjeros criminales de nuestras comunidades produce un mayor nivel de seguridad pública para todos. Para fortalecer el programa 287(g), el liderazgo del ICE en el campo ha comenzado a examinar las necesidades operacionales locales y establecer contacto con potenciales socios del 287(g) y colaborará con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés). Las solicitudes 287(g) existentes también están experimentando un proceso de revisión expedita.

P14. ¿Los oficiales del 287(g) ahora harán el trabajo de ICE?

R14. El programa 287(g), una de las principales iniciativas de asociación de ICE, permite a las agencias estatales y locales de aplicación de la ley entrar en una asociación con ICE, bajo un memorando de acuerdo conjunto. La entidad estatal o local recibe autoridad delegada para el cumplimiento de la ley de inmigración dentro de sus jurisdicciones.

Final del episodio del miércoles 25 de octubre de 2017.

P15. ¿Cuándo estarán disponibles los acuerdos de los grupos de trabajo 287(g) para las jurisdicciones locales? ¿Se modelarán estos nuevos acuerdos de la fuerza de trabajo según el modelo previamente cancelado?

R15. ICE y CBP estarán desarrollando una estrategia para expandir aún más el Programa 287(g), para incluir tipos de programas 287(g), ubicaciones y estrategias de reclutamiento. Para fortalecer el Programa 287(g), el liderazgo del ICE en el campo ha comenzado a examinar las necesidades operacionales locales y a establecer contacto con potenciales socios del 287(g) y colaborará con la CBP en estos esfuerzos. Las solicitudes 287(g) existentes también están experimentando un proceso de revisión expedita. Para apoyar la capacitación necesaria para los socios 287(g) nuevos y existentes, ICE está actualizando el currículo de capacitación 287(g).

P16. ¿Cómo acomodará a ICE a un juez de inmigración en cada una de sus instalaciones? ¿Y los oficiales de asilo?

R16. ICE está trabajando con la Oficina Ejecutiva del Departamento de Justicia para la Revisión de la Inmigración y los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos para revisar los procedimientos y recursos actuales para identificar las eficiencias y las mejores prácticas para mejorar el sistema. La mayoría de los centros de detención dedicados ya albergan tribunales de inmigración y tienen suficiente espacio para alojar a los oficiales de asilo. ICE también está tratando de aumentar el uso de la tecnología, principalmente a través del uso de videoconferencias, en lugares con espacio insuficiente o poco personal.

 Sin Senos sí hay Paraíso, lunes 18 de septiembre de 2017

P17. ¿Qué se está haciendo para reducir el alcance de los delitos violentos y las organizaciones criminales transnacionales?

R17. Para perseguir mejor a los pandilleros responsables de delitos violentos y actividades criminales transnacionales, el ICE ha notificado al liderazgo de campo para evaluar inmediatamente y, si es posible, realinear los recursos para apoyar la Operación Escudo Comunitario.

P18. ¿Podrían los clientes de USCIS ser afectados por las políticas sobre la detención de extranjeros que buscan la admisión hasta que se llegue a una determinación final de su inadmisibilidad y deportabilidad, incluyendo la elegibilidad para el alivio de inmigración?

R18. Las políticas son consistentes con las disposiciones del INA que ordenan la detención de ciertos extranjeros que buscan la admisión y permiten el ejercicio de la autoridad discrecional de la libertad condicional sólo caso a caso, y sólo por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo.

P19. El memorándum del Secretario describe algunas situaciones en las que el CBP y el ICE pueden liberar a un extranjero detenido o encontrado después de entrar ilegalmente o intentar ingresar ilegalmente a los Estados Unidos, bajo la sección 235(b) del INA. Una de las situaciones es cuando el extranjero obtiene una orden administrativa final que otorga alivio o protección contra la remoción, o el DHS determina que el individuo es un ciudadano de los Estados Unidos o un extranjero que es un residente legal permanente, refugiado o asilado, o tiene otro estatus migratorio válido como el Estatus de Protección Temporal o una visa de no inmigrante válida.

R19. La guía es eficaz cuando se establece un plan para que los jueces de inmigración y los oficiales de asilo se agilicen para procesar a los recién llegados a la frontera, y el establecimiento de instalaciones adecuadas de procesamiento y detención.

P20. ¿Cómo considera la expansión de la remoción acelerada a aquellos que pueden ser elegibles para beneficios de inmigración?

R20. Las intenciones del Secretario con respecto a la remoción expedita están en desarrollo y serán establecidas y efectivas con la publicación de una notificación en el Registro Federal.

P21. ¿Cuándo el DHS hará cambios para alinear más estrechamente su uso de la autoridad de remoción expedita con la intención del Congreso?

R21. El DHS está trabajando para emitir los parámetros apropiados en los cuales se usará la remoción expedita en este tipo de casos.

P22. ¿Es cierto que el DHS va a hacer más difícil el umbral para encontrar un miedo creíble en los casos de asilo?

R22. El objetivo del DHS es asegurar que el proceso de asilo no sea abusado. En términos generales, para establecer un temor creíble de persecución, un extranjero debe demostrar que existe una "posibilidad significativa" de que el extranjero pueda establecer la elegibilidad para el asilo, teniendo en cuenta la credibilidad de las declaraciones hechas por el extranjero en apoyo de su reclamo, así como otros hechos según los conoce el oficial.

Los oficiales de asilo están siendo orientados para llevar a cabo entrevistas creíbles de miedo de una manera que permita que el oficial entrevistador obtenga toda la información relevante del extranjero como sea necesaria para hacer una determinación legalmente suficiente. Al determinar si el extranjero ha demostrado una posibilidad significativa de que el extranjero pueda establecer la elegibilidad para el asilo o la protección de la tortura, el oficial de asilo considerará las declaraciones del extranjero y determinará la credibilidad de las declaraciones del extranjero en apoyo de su reclamo, y deberá considerar otros hechos conocidos por el oficial, de acuerdo con el estatuto.

El oficial de asilo hará un hallazgo positivo de temor creíble después de que haya considerado todas las pruebas pertinentes y haya determinado, basándose en evidencia creíble, que el extranjero tiene una posibilidad significativa de establecer la elegibilidad para el asilo o la protección contra la tortura.

P23. ¿Cómo afectarán el trabajo de USCIS las mejoras a las referencias de asilo y las determinaciones creíbles de miedo bajo el artículo 235(b)(1) del INA?

R23. El memorándum del Secretario destaca varios puntos:

• El director de USCIS se asegurará de que los oficiales de asilo lleven a cabo entrevistas creíbles de miedo de una manera que permita al oficial entrevistador obtener toda la información relevante del extranjero como sea necesaria para hacer una determinación legalmente suficiente.

• El Director también aumentará la capacidad operacional de Detección de Fraudes y Seguridad Nacional (FDNS) y continuará fortaleciendo su integración para apoyar a la Dirección de Operaciones de Campo (FOD), Asilo de Refugiados y Operaciones Internacionales (RAIO) y Operaciones de Centros de Servicios (SCOPS), consultando con la Política y Estrategia Operacional (OP&S), según corresponda.

• El director del USCIS, el comisionado del CBP y el director del ICE revisarán las medidas de detección, disuasión y prevención de fraude de sus agencias e informarán al Secretario en un plazo de 90 días sobre vulnerabilidades de fraude en los procesos de asilo y adjudicación de beneficios, y propondrán medidas para mejorar la detección, disuasión y prevención.

• El oficial de asilo, como parte de un hallazgo creíble de temor, determinará la credibilidad de las declaraciones hechas por el individuo en apoyo de su reclamación. Esta determinación debe incluir, pero no se limita a, la consideración de la probabilidad estadística de que la reclamación sea otorgada por la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) del Departamento de Justicia.

• El oficial de asilo emitirá un hallazgo de temor creíble positivo sólo después de que haya considerado todas las pruebas pertinentes y haya determinado, basándose en evidencia creíble, que el extranjero tiene una posibilidad significativa de establecer el derecho de asilo o de retener o aplazar la expulsión en virtud del Convenio Contra la Tortura, basado en la autoridad legal establecida.

P24. ¿Cómo aborda el memorándum el procesamiento y trato de menores extranjeros no acompañados en la frontera?

R24. El memorándum del Secretario ordena al director del USCIS, al comisionado del CBP y al director del ICE a desarrollar guías y entrenamiento uniformes por escrito para todos los empleados y contratistas de esas agencias en relación con el procesamiento adecuado de los niños extranjeros no acompañados, la adjudicación justa y a tiempo de sus reclamos de alivio de remoción y, de ser apropiado, su repatriación segura al concluir los procedimientos de remoción. Al desarrollar dicha guía y capacitación, establecerán procedimientos de revisión estandarizados para confirmar que los niños extranjeros que inicialmente se catalogan como "niños extranjeros no acompañados", como se define en 6 U.S.C. §279(g)(2), continúan estando dentro de la definición estatutaria cuando se consideran las protecciones legales que se otorgan a esos niños a medida que pasan por el proceso de remoción.

P25: ¿Es cierto que en los casos de UAC (Menores No Acompañados, por sus siglas en inglés) que viajan a los Estados Unidos para reunirse con un padre, si un padre es identificado por ORR (Oficina de Reasentamiento de Refugiados, por sus siglas en inglés), como un tutor apropiado, ese padre también podría ser procesado por el posible contrabando de su hijo a los Estados Unidos?

A25: Correcto. Los padres y familiares de estos niños, que a menudo están ilegalmente presentes en los Estados Unidos, suelen pagar a los contrabandistas varios miles de dólares para traer a sus hijos a este país. Trágicamente, muchos de estos niños son víctimas de robo, extorsión, secuestro, agresión sexual y otros crímenes de violencia de los contrabandistas y otros elementos criminales a lo largo del peligroso viaje por México hacia Estados Unidos. Independientemente de los deseos de reunificación familiar, o condiciones en otros países, el contrabando o el tráfico de niños extranjeros son intolerables. En consecuencia, el DHS garantizará la correcta aplicación de nuestras leyes de inmigración contra quienes directa o indirectamente faciliten el contrabando o el tráfico de niños extranjeros a los Estados Unidos. Esto incluye colocar a los padres o guardianes que son extranjeros removibles en procedimientos de remoción, o remitir a tales individuos para procesamiento criminal, según sea apropiado.

P26: ¿Cómo podría afectar al personal de USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, por sus siglas en inglés), la asignación de personal y recursos adicionales a la frontera sur para la detención de extranjeros y la adjudicación de reclamaciones?

A26: La evaluación de reclamaciones creíbles por parte del USCIS y la resolución de las solicitudes de asilo presentadas por EOIR (Oficina Ejecutiva para Revisión de Inmigración, por sus siglas en inglés), en los centros de detención ubicados en el punto de detención o cerca del mismo, facilitarán una resolución acelerada de esas reclamaciones y reducirán los gastos de detención y transporte. En consecuencia, en la medida de lo posible, el director del USCIS está dirigido a aumentar el número de oficiales de asilo y oficiales de la FDNS (Detección de Fraude y Seguridad Nacional, por sus siglas en ingles), asignados a los centros de detención situados en o cerca de la frontera con México para adjudicar de manera adecuada y eficiente el fraude relacionado al asilo.

P27: ¿De qué manera el memorando de la Secretaría aborda el uso de la autoridad de libertad condicional, como se establece en el artículo 212 (d) (5) del INA?

A27: El memorando señala que el lenguaje estatutario parece abogar fuertemente en favor del uso de la autoridad de libertad condicional con moderación y sólo en casos individuales donde, después de una cuidadosa consideración de las circunstancias, la libertad condicional es necesaria debido a razones humanitarias urgentes demostradas o beneficio público significativo. Afirma que la práctica de conceder la libertad condicional a ciertos extranjeros en categorías predefinidas para crear programas de inmigración no establecidos por el Congreso ha contribuido a una crisis de seguridad fronteriza, socavado la integridad de las leyes de inmigración y el proceso de libertad condicional, Inmigración ilegal adicional.

Por lo tanto, el director del USCIS, el comisionado del CBP y el director del ICE están encaminados a asegurar que se proporcione orientación política y capacitación apropiada a los empleados que ejercen la autoridad de la libertad condicional, incluyendo la libertad condicional anticipada. Estos empleados deben estar familiarizados con el ejercicio adecuado de la libertad condicional bajo la sección 212 (d) (5) del INA y ejercer dicha autoridad de libertad condicional únicamente basándose en caso a caso, en acuerdo con la ley y la política por escrito. Sin perjuicio de otras guías de aplicación, y en espera de un nuevo examen por parte del Secretario y de las directrices adicionales del Director de ICE, la directiva de ICE que establece normas y procedimientos para la libertad condicional de ciertos extranjeros que llegan y que se cree que tienen un temor creíble de persecución o tortura permanecerán en pleno vigor y efecto.

P 28. La guía de implementación hace referencia a rescindir todos los memorandos previos sobre cumplimiento de la ley de inmigración. ¿Esto incluye los memorandos de ICE y CBP sobre locaciones sensitivas?

R28. No, la guía de locaciones sensitivas sigue vigente para ambos, ICE y CBP.

P29. El Departamento de Seguridad Nacional ¿comenzará a enviar de regreso a México a mexicanos y personas de otras nacionalidades que viajaron a través de México para llegar a Estados Unidos, mientras esperan el resultado de sus procesos de deportación?

R29. DHS está trabajando con el gobierno de México y el Departamento de Estado para determinar la guía. No obstante, y de manera consistente con la ley y las obligaciones de tratados internacionales de EEUU, el personal de CBP y ICE podrán, cuando sea apropiado y razonablemente práctico, regresar extranjeros descritos en la sección 235(b)(2)(A) del Acta de Inmigración y Naturalización (INA), que son puestos en procedimientos de remoción bajo la sección 240 de INA -y quienes, consistente con la guía de un director de ICE, el agente en jefe de Aduanas y Patrullas Fronterizas o el director de Operativos de CBP, no representan ningún riesgo de reincidencia- al territorio del país contiguo desde el cual arribaron, mientras los procedimientos de remoción están pendientes.

P30. Estos memorandos, ¿afectan a los beneficiarios de DACA?

No.

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