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Miércoles, 17 de marzo de 2010 - 9:29 pm (pacífico)
De Mañanita

Temas de Inmigración: Miami

09/05/02

Michael Feldenkrais

Adorno & Yoss, L.L.P.

2525 Ponce de Leon 4th Floor Coral Gables, Fl., 33134

(305) 460 1000
888 suenousa

Objetivo:

La capital comercial de Latinoamérica. Miami, es sin duda alguna, el objetivo comercial, para muchas Empresas o Compañías establecidas en cualquier país de Latinoamérica, amparado en el hecho de que esta ciudad del estado de Florida en Estados Unidos ha desarrollado en los últimos tiempos un envidiable y dinámico clima de negocios, importaciones, exportaciones, transacciones
comerciales y todo aquello inherente al sector comercial que muestra un interés relevante para aproximadamente 800 millones de personas en nuestro Continente.

En esta oportunidad, les comentaré que factores se deben considerar al abrir una Compañía en este '' paraíso de negocios''. Estos factores comprenden básicamente, los siguientes puntos:

1. Numero de principios y el tipo de administración necesaria para operar las actividades;
2. El alcance y la posibilidad de exposición a responsabilidad para los dueños;
3. Facilidad de transferir sus acciones;
4. La duración de la empresa; e
5. Impuestos. Después de definir su estrategia en cuanto a los puntos anteriores.

Ud. tiene las siguientes opciones, una variedad de regímenes de propiedad están disponibles teóricamente y hasta cierto alcance encuentran uso en el mundo real:
1. Propiedad particular
2. Corporaciones (tipo ''C'' y ''S'');
3. Sociedades ( de sociedades limitadas generales, responsabilidad limitada registrada, responsabilidad limitada y responsabilidad limitada registrada)
4. Compañía de responsabilidad limitada

Honrando el concepto de realizar el sueño americano, que nos une a través de esta sección cada mes, les detallaré el beneficio para extranjeros, particular de la compañía denominada '' L.L.C -Limited Liability Company'' (Compañía de Responsabilidad Limitada).
Esta reúne los beneficios de una Corporación para los efectos de protección de los dueños, y el beneficio de una asociación a nivel de los impuestos.
Revisando los factores que anteriormente les comente, encontramos que la ''L.L.C'':
1.Puede tener administración centralizada o puede ser administrada por los miembros (se puede formar con un solo miembro)
2.Aun con una participación activa en la administración, la responsabilidad del miembro está limitada al monto del aporte hecho a la compañía.
3. Los intereses de los miembros en este tipo de compañía son transferibles libremente, sujetos a cualquier restricción impuesta por acuerdo de los miembros.
4.La duración esta dispuesta por la muerte, quiebra o disolución de un miembro o al ocurrir cualquier otro evento que termina la membresía continuada del miembro a menos que se obtenga el consentimiento de todos los miembros restantes o el derecho de continuar esté estipulado en los artículos de organización.
5. En lo referente a los impuestos este tipo de compañía actúa como una sociedad, lo que significa que las ganancias de la empresa pagan impuestos una sola vez.

Es por ello que este tipo de compañía tiene una gran aceptación dentro de las consideraciones estratégicas que sobre la internacionalización del negocio, por parte de Compañías extranjeras a la hora de establecer operaciones en Miami, y participar así en la capital comercial de Latinoamérica.

Si este es su caso y dado que el tema de la globalización cada día abre nuevas oportunidades seguramente Ud. le encontrará muchos mas beneficios a este tipo de Empresa.

Como siempre les deseo mucho éxito,

Michael Feldenkrais



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